El Tribunal Supremo establece que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- 10/10/2018
- Tributario
En su Sentencia número 1462/2018 del pasado 3 de octubre, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha establecido como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)”.
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